Después de la crisis económica 2008-2009, las proyecciones estimaban que nuestro país crecería en un rango entre 4,5 y 5,5%, impulsadas por el ritmo de expansión que venían mostrando la actividad económica y la demanda, además de un escenario internacional progresivamente benigno.
Pese a la magnitud de los eventos del 27-F, el índice de crecimiento estimado persiste, con una leve reducción en torno al 0,25%. Así, pese a todo, 2010 será un año de recuperación económica.
Este nuevo conjunto de circunstancias conlleva la necesidad de reperfilar la forma cómo hacemos negocios, dejando atrás una “gestión de crisis” y trabajando en la búsqueda del mejor lugar donde situarse en vista del inminente despegue.
Por cierto, usted, como ejecutivo, gran o pequeño empresario, tiene claridad sobre el panorama y ya adoptó algunos de los ajustes y medidas que la nueva coyuntura económica requiere.
Su nuevo escenario
Entonces, ¿en qué puede este curso ayudarle a una mejor readecuación de su negocio frente a este escenario de recuperación?
Pongámosnos en la siguiente situación: ante las mayores perspectivas de crecimiento y el exponencial aumento de la demanda, su empresa decide iniciar un plan de expansión. Se decidió incrementar la oferta de sus productos, se han revitalizado algunos proyectos paralizados hace dos años y se ha reformulado la estructura de la empresa, haciéndola más competitiva.
Para costear las inversiones proyectadas usted decide recurrir a los canales regulares de financiamiento, a través de créditos otorgados por la banca. Sin embargo, a pesar de la actual buena marcha de la actividad comercial de la empresa, el banco se niega a prestarle dinero. Problemas con su historial de relaciones con el sistema financiero son la causa de la negativa.
Luego, en vez de recibir la devolución de impuestos solicitada en abril al SII, usted es notificado de una citación para julio. En esta última, el SII le comunica inconsistencias de información presentada por la compañía en su declaración. Horas después, su secretaria le avisa que llegaron inspectores de la Dirección del Trabajo. Al parecer, los contratos suscritos con trabajadores recién empleados presentan ciertas incongruencias con la normativa vigente, arriesgando multas.
Como si fuese poco, los inspectores se toman la molestia de fiscalizar su empresa, cursando más multas al constatar diversas infracciones a la ley laboral.
Muchas preguntas vienen a su mente: ¿de qué otras alternativas de financiamiento puedo disponer? ¿Qué tan grave es recibir una citación del SII? ¿Por qué los contratos de trabajo recién celebrados con mis nuevos empleados fueron impugnados? ¿Reglamento de higiene? Cuesta admitirlo, pero una correcta previsión legal habría evitado estas situaciones.
Por estas razones, este curso lo familiarizará con los aspectos tributarios, laborales, societarios, contractuales, financieros y otros que no conoce hoy a cabalidad, y que necesita entender para el desarrollo de su empresa.
De esta manera, usted podrá hacer una mejor proyección del riesgo total de sus negocios, incorporando la variable legal para transformarla en una ventaja competitiva al servicio de la empresa y no en un dolor de cabeza con altos costos monetarios.
Las herramientas
Ejecutivos y profesionales debieran conocer, familiarizarse y contar con elementos que los ayuden para una mejor gestión de sus negocios en, a lo menos, las siguientes materias, que veremos en el curso:
1. El comienzo de un negocio o la ejecución de un nuevo plan de negocios. El empresario y su abogado evaluarán la validez del plan y su consistencia con las normas que lo regulan. Clave es la comprensión del riesgo regulatorio de la actividad emprendida.
2. El cumplimiento de disposiciones sobre sociedades. Abogados y ejecutivos elaborarán los documentos que presentarán a las autoridades que regulan el negocio, a clientes y proveedores; los contratos de trabajo, convenios o acuerdos de exclusividad y confidencialidad, etc.
3. Estructuración de acuerdos entre los socios. Un buen acuerdo societario establecerá mecanismos de contribución de capital, repartición de beneficios y pérdidas, retiro de socios, transferencia de derechos o acciones, y las herramientas para dirimir diferencias entre socios.
4. Determinación del tipo de sociedad. Los ejecutivos deben elegir la estructura societaria del negocio, ya que de ella dependerá la responsabilidad de los socios, su participación en la administración, y la tributación de la empresa y sus socios, entre otros.
5. Contratos relevantes para el desarrollo del negocio. Lo aconsejable es que abogados y ejecutivos estudien los alcances del contrato antes de firmarlo, no después.
Algunos contratos relevantes son aquellos con cláusulas de confidencialidad y exclusividad; hipotecas, prendas y fianzas; licenciamientos, contratos de servicios profesionales (vendedores, auditores, contadores), mantención de activos, etc.
6. Relaciones laborales. El trabajo y la empresa requieren especial atención y cuidado, ya que la relación laboral es fuente de numerosa normativa específica de índole contractual, indemnizatoria, previsional y de salud, especialmente hoy, atendida la nueva Ley de Subcontratación y los últimos pronunciamientos de la Dirección del Trabajo.
7. La tributación, la empresa y los impuestos del empresario . Las actividades empresariales dan origen a obligaciones tributarias que el ejecutivo debe planificar y resolver con la máxima acuciosidad y diligencia.
Las contingencias tributarias generan un impacto directo en la última línea del negocio y del patrimonio personal de los socios.
Clientes y finanzas
8. La empresa y sus clientes . Los ejecutivos y empresarios están inmersos en mercados en que confluyen competidores y clientes.
La relación entre éstos debe ser leal y consistente con las normas que regulan la libertad de emprendimiento, competencia y el derecho de propiedad, entre otros.
Asimismo, hoy con mayor intensidad, los clientes han adquirido un poder relevante que se refleja en una protección exhaustiva de sus derechos. Frente a esto, el ejecutivo debe estar alerta para evitar conflictos y sanciones.
9. El financiamiento en tiempos de crisis. El factoring y leasing , el mutuo, la hipoteca y la prenda, los contratos de cuenta corriente, sobregiro y la regulación de los intereses y las cláusulas de aceleración son herramientas y conceptos legales que todo empresario debe tener claro en tiempos de crisis.
¡Hasta el miércoles!
Profesor ayudante del curso: Pablo Trigo K., abogado Derecho UC.
Es mejor prevenir dolores de cabeza.
Riesgos y seguros
No obstante la sociedad moderna ha logrado disminuir los factores de riesgo y su posibilidad de incidencia a rangos mínimos nunca antes vistos, éstos siguen siendo parte de la vida.
El terremoto que afectó a nuestro país el pasado mes de febrero es una cruda evidencia de ello.
Pensemos en los daños sufridos por un inmueble, que significan la reducción radical de su valor u otras inversiones millonarias que quedaron reducidas, en menos de dos minutos, a menos de su décima parte.
Frente a la existencia del riesgo, aparece de manifiesta la necesidad de poner a resguardo nuestro negocio: la magnitud de las contingencias a las cuales podríamos vernos expuestos tiene el potencial suficiente como para arruinar completamente el más exitoso emprendimiento. Así, surge como la alternativa más conveniente transferir dichos riesgos a una compañía aseguradora.
¿Qué antecedentes debe tener presente un empresario al contratar una póliza de seguros?
1. La contratación de un seguro debe obedecer a un plan de contingencia mayor, previendo las eventualidades que pueden disminuir o modificar la capacidad productiva de nuestra empresa.
2. Verificar que el contrato de seguro suscrito cubra la totalidad de los riesgos que han motivado tomarlo. Muchas veces, dado el lenguaje técnico empleado, será necesario su revisión acuciosa, en especial la redacción referida a la cobertura y las exclusiones.
3. Respecto de los inmuebles, el 95% de los créditos hipotecarios tienen aparejados seguros de incendio con cobertura adicional de sismo, cuya prima se recarga al valor del dividendo mensual. El 100% de dichas pólizas tienen deducible, el cual en promedio asciende a entre el 1 y el 2% del valor del bien raíz, debiendo el asegurado asumir los costos derivados de daños menores. Por lo demás, la cobertura contra sismos opera sólo como opción accesoria al seguro de incendio. De no pactarse dicha cobertura en conjunto con el riesgo de incendio, el evento de sismo no será indemnizable. Sólo el 30% de las pólizas de viviendas contra incendio toma el adicional contra terremotos.
4. Respecto de la vigencia de cobertura del seguro, ésta depende del pago al día de la prima convenida. Asimismo, es de suma importancia rendir en forma veraz las declaraciones solicitadas por el asegurador relativas a la cosa asegurada. De no ser así, la empresa aseguradora se liberará de toda responsabilidad en caso de siniestro.
5. Debemos comparar antes de contratar: investigar el precio de las primas, siniestros cubiertos, valor asegurado, monto a que asciende el eventual deducible y demás elementos adicionales.
Sólo el 30% de las pólizas de viviendas contra incendio toman el adicional contra terremotos.
Fuente:El Mercurio
